Frailes
El defensor del pueblo afea a la alcaldesa de Frailes que no facilite información telemática de los plenos a la oposición
Domingo Martínez pregunta a la alcaldesa “qué tiene que ocultar” cuando entorpece el acceso de los concejales a la documentación pública
El PSOE de Frailes denuncia que la alcaldesa del PP se niega desde el mes de junio del año pasado a facilitar telemáticamente la información relativa a los plenos y desvela que el Defensor del Pueblo le ha afeado esta actitud y le ha pedido que rectifique “para garantizar el derecho de participación política de los concejales de la oposición”.
El concejal socialista Domingo Martínez explica que el PSOE de Frailes tuvo que solicitar amparo al Defensor del Pueblo “ante la actitud obstruccionista de la alcaldesa”, que en junio de 2021 “dejó de enviar a la oposición por vía telemática los documentos que se iban a abordar en los sucesivos plenos municipales”.
La alternativa que ofrecía la alcaldesa era “poder consultar la documentación en la Dependencias de la Secretaría del Ayuntamiento en horario de oficina”, lo que “dificultaba el acceso a la información de los concejales y concejalas que tienen una actividad laboral y no pueden hacer acto de presencia”. “Con esta actitud, la alcaldesa rompía una dinámica que llevaba años en funcionamiento con el único fin de torpedear el trabajo de los concejales socialistas, de dificultarles el acceso a la información y de impedir su tarea de fiscalización del gobierno municipal”, resume Martínez.
El edil pregunta a la alcaldesa “por qué tiene tanto miedo a la transparencia y por qué quiere entorpecer el acceso a la información que se va a abordar en los plenos”. “Quien no tiene nada que ocultar, no tiene problema en facilitar los documentos. Por tanto, la alcaldesa debería explicar qué problemas tiene con su propia gestión”, apunta.
Martínez señala que el PSOE recurrió al Defensor del Pueblo y que esta institución ha remitido un escrito al Ayuntamiento donde le recomienda que “facilite a los ediles el acceso a la información correspondiente a los asuntos que hayan de ser tratados en los órganos colegios, a través de la sede electrónica municipal desde el día de la convocatoria de la sesión y hasta la fecha de su celebración”.
El Defensor argumenta que la exigencia de una solicitud previa “viene a contravenir el propio sentido de la norma, que tiene como objeto garantizar el libre acceso a la documentación, sin sujeción a formalidad alguna, y tal y como señala el reglamento municipal”. De hecho, recuerda que “el derecho de los concejales a obtener información municipal está conectado con el derecho de participación política de sus integrantes recogido en el artículo 23 de la Constitución como derecho fundamental, en tanto que estos medios tienen como objeto facilitar a los concejales un normal ejercicio de sus funciones”.
Por tanto, el Ayuntamiento “debería adoptar las medidas necesarias para que los ediles pudieran acceder telemáticamente a la misma sin mayor exigencia que la previa identificación”. “La Administración deberá garantizar que los ediles obtienen la información necesaria para el ejercicio de sus funciones en plazo y forma, adoptando las medidas técnicas que se estimen precisas y removiendo las barreras y obstáculos que limiten o restrinjan injustificadamente su ejercicio por los corporativos”, sentencia.
El Defensor concluye avisando que “de la respuesta que a esta recomendación se reciba, se le informará, así como de las actuaciones que procedan”. “Haría bien la alcaldesa en hacer caso al Defensor y que no vuelvan a llamarle la atención por entorpecer el trabajo de miembros de la Corporación”, insta Martínez.
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